Política de Compliance

INSIGNA cuenta con un Código Ético, un Código de Conducta, y una serie de políticas que establecen los principios que deben cumplir empleados y directivos y que son también de aplicación a diversos grupos de interés.

 

 

1.- FINALIDAD.

EL Código Ético de INSIGNA UNIFORMES SLU, punto de referencia de la estructura normativa de la sociedad, y norma interna de mayor rango en virtud de la cual se desarrolla el modelo de prevención y control de la empresa, establece los principios y valores que deben guiar el comportamiento de todos los empleados de INSIGNA, sus directores, representantes y miembros del órgano de administración, así como su relación los clientes, incluidas las Administraciones Públicas, proveedores, colaboradores y, en general, todos los distintos grupos de interés con los que opera la sociedad.
INSIGNA se compromete, entre otros Principios Rectores, a adecuar su actuación al cumplimiento de la legislación y reglamentación nacional e internacional de aplicación en cada país donde opera, evitando trabajar con quienes violen dichas leyes y normativas.
Por la naturaleza de servicios que presta INSIGNA, ésta basa sus relaciones con el sector público nacional e internacional en los principios de transparencia e igualdad de oportunidades, y descarta cualquier actuación orientada a conseguir una ventaja frente a los competidores, cuando la misma se base en cualquier acto contrario a la legislación aplicable.
Ninguna forma de corrupción, incluidas la extorsión y el soborno, es tolerado en las operaciones comerciales o personales dentro de la Sociedad, ni se admiten acto contrario alguno a su Código Ético.
Consecuentemente con lo anterior, el Código de Conducta de INSIGNA, establece, entre sus objetivos, el fomento del cumplimiento de la legislación y normativa aplicable, con sujeción a la forma y el espíritu de las leyes y disposiciones reglamentarias.
La presente Política de Compliance penal desarrolla lo establecido en las normas rectoras citadas, y desde los valores éticos que estas establecen para la sociedad, fija el marco de cumplimiento en materia penal, partiendo del compromiso inequívoco de tolerancia cero frente a conductas que puedan ser constitutivas de delito, prohibiendo expresamente su comisión y exige el cumplimiento de la legislación penal a toda la organización.
Dicho compromiso, requiere establecer unas pautas de conducta para las entidades y personas afectadas por el mismo, las medidas de supervisión necesarias, y las consecuencias en caso de incumplimiento.

2.- AMBITO DE APLICACIÓN.

2.1 Entidades y personas afectadas

La presente Política es de obligado cumplimiento y de aplicación global a la Sociedad. Todos los miembros de la Organización deberán cumplir con su contenido, independientemente del cargo que ocupen. También puede hacerse extensiva, completamente o en parte, a Socios de Negocio, siempre que las concretas circunstancias del caso así lo aconsejen, cumpliendo los procesos de Diligencia debida de la Organización en su selección de Terceros para garantizar el cumplimiento de la norma penal.

2.2 Actividades afectadas

Las actividades que desarrolla INSIGNA, conforme su objeto social, y que están sujetas a la presente Política son la uniformidad policial y la venta de armas. En el marco de dichas actividades, además de esta Política, INSIGNA ha catalogado los riesgos penales, por los que, de conformidad con lo previsto en el Código penal, las personas jurídicas pueden ser investigadas por los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su beneficio directo o indirecto, por sus representantes legales y administradores de hecho o de derecho, o por las personas sometidas a su autoridad, habiendo además determinado las principales conductas que podrían conllevar riesgos penales, todo ello con la finalidad de alertar y evitar conductas y situaciones que conlleven riesgo de comisión de ilícitos penales.

 

3.- ELEMENTOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE COMPLIANCE PENAL.

Para el efectivo cumplimiento de su compromiso, INSIGNA ha integrado en el funcionamiento de su actividad, los siguientes mecanismos establecidos en su Sistema de Gestión de Compliance Penal:

1. Comité de Cumplimiento: órgano de la Sociedad responsable de velar de forma proactiva por el cumplimiento normativo, configurado de conformidad con lo dispuesto en el Sistema General de Cumplimiento Penal, para lo que tiene atribuidas autoridad, amplias competencias, autonomía presupuestaria e independencia de actuación.
2. Canal de denuncias: medio que permite que cualquier interesado, perteneciente o no a la organización, comunique presuntos hechos delictivos o contrarios al Código Ético o de Conducta, consulte dudas sobre cumplimiento normativo o aporte sugerencias para la mejora de estos aspectos. Se ha establecido igualmente un riguroso protocolo de gestión de dicho canal en aras de garantizar la correcta tramitación de estas comunicaciones.
3. Plan de Formación en materia de Cumplimiento Normativo: Su finalidad es difundir la cultura de cumplimiento y hacer llegar a todos los miembros de la organización los conocimientos y herramientas necesarias para evitar cualquier riesgo de cometer ilícitos penales en el desempeño de su trabajo.
4. Régimen Disciplinario: Norma que determina las conductas contrarias al SGCP y las consecuencias jurídicas vinculadas al desconocimiento intencional de sus contenidos.
5. Políticas, manuales y protocolos de actuación y otros documentos de referencia normativa sobre distintas materias.

4. – OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA POLÍTICA DE COMPLIANCE PENAL.

Todos los Miembros de la Organización son responsables de comprender, observar y aplicar lo dispuesto en esta Política de Compliance penal, colaborando con el Comité de Compliance, el Órgano de gobierno y la Alta dirección cuando sea necesario, y observando, especialmente, los comportamientos que se espera de ellos respecto de las conductas prohibidas y parámetros de conducta esperados.
Los miembros de la organización tienen obligación de informar sobre comportamientos individuales, colectivos o actividades que concurran en la Organización y que puedan suponer una contravención del contenido del presente documento o del resto de documentos del Sistema de gestión de Compliance penal, con independencia de si tales comportamientos han sido ordenados o solicitados por un superior. Tal información puede comunicarse bien desde el simple reporte al superior jerárquico, quien deberá comunicarlo al Comité de Cumplimiento, o directamente a este órgano a través del Canal de denuncias.
Además, se espera que todos los Miembros de la Organización se adhieran a la presente Política de Compliance penal, asistan a las sesiones de formación que, en materia de Compliance penal, se determinen con motivo de su función o cargo en la Organización, y faciliten de manera inmediata la información y documentación que solicite el Comité de Cumplimiento.

5. – CONOCIMIENTO Y DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD.

La presente Política se entrega y está a disposición de todos los Miembros de la Organización en la Intranet corporativa.
Asimismo, INSIGNA pondrá la presente Política a disposición de sus Socios de negocio a través de su página web corporativa www.insigna.es.
Para los Miembros de la Organización que ocupen posiciones especialmente expuestas a un Riesgo penal, se solicitará su declaración anual de conformidad con esta Política de Compliance penal.
De los Socios de negocio que presenten un riesgo penal superior a bajo, se solicitará su conformidad con los valores de este documento.

6. – CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO.

De conformidad con lo establecido en los Códigos Ético y de Conducta de INSIGNA, todos los Sujetos afectados por este documento, tienen la obligación de cumplir con los principios y procedimientos establecidos en este texto, en cuanto les sea de aplicación. Igualmente, a los efectos de velar por el correcto desarrollo del Sistema de gestión de Compliance penal, se les insta a que denuncien cualquier contravención de los mismos, en los términos expuestos en el apartado 4 (“Obligaciones derivadas de esta política de compliance penal”) de esta Política. INSIGNA garantiza que, en ningún caso, serán objeto de represalia aquellos que informen de hechos o conductas sospechosas.
Cuando el Comité de Cumplimiento investigue y confirme la contravención de lo indicado por estos textos, propondrá al Órgano de gobierno las medidas a adoptar, incluyendo las disciplinarias (en el ámbito laboral) o contractuales (en las relaciones mercantiles con terceros) que considere proporcionales al riesgo o daños ocasionados. Dichas medidas no sólo se proyectarán sobre los sujetos cuyas conductas hayan ocasionado el riesgo o daño, sino también sobre cualquier empleado que no haya seguido los procedimientos establecidos por INSIGNA para su prevención y respuesta, circunstancia que se considera en sí misma una infracción de los valores y principios éticos con los que INSIGNA se ha comprometido.
En el caso que se confirme que la actuación de algún Miembro de la Organización pudiera ser constitutiva de un ilícito penal imputable a la persona jurídica, tal circunstancia será puesta de manifiesto a las Autoridades Públicas competentes para su conocimiento y persecución. Tal comunicación se acompañará con las evidencias y/o indicios que se hayan podido recopilar al respecto.

7.- MEJORA CONTINUA.

Se asume la presente Política como un elemento vivo, de mejora continua. Es importante tener en cuenta que el presente documento, sin perjuicio de ser un documento vivo que puede y debe revisarse y actualizarse de forma periódica, está configurado de inicio teniendo en cuenta tanto la estructura, actividad, medios humanos y materiales actualmente desarrolladas por la Sociedad. Dicho esto, las previsiones de evolución de ese contexto, y las modificaciones que el transcurso del tiempo supone en éste, deberá conllevar la revisión de la presente Política, no desde una consideración de acción/reacción frente a la realidad, sino desde un compromiso con la planificación y anticipación ante los cambios que se prevean.

8.- DOTACIÓN DE RECURSOS ECONÓMICOS.

La Alta Dirección de INSIGNA se compromete a dotar de los recursos humanos, materiales y económicos necesarios para lograr los objetivos y metas fijados, en los términos señalados en la presente Política.

 

 

 

sello de calidad

 

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